Recomendación biap 14/1 bis
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DEFINICIÓN DE LA AUDIOFONOLOGÍA:
La audiofonología tiene por objeto el estudio de la audición, de la fonación, de la palabra y del lenguaje del hombre.
Incluye los aspectos anatómicos, fisiológicos, psicológicos, acústicos, fonéticos, lingüísticos y sociológicos de la comunicación.
El tratamiento de los trastornos de la comunicación presenta una parte médica, una parte pedagógica, una parte ortofónica (o logopédica), una parte psicológica y una parte protésica.
La audiofonología es una especialidad que reúne varias disciplinas: médica, psicológica, paramédica y pedagógica.
Esta multidisciplinaridad deberá ser coordinada, coherente e interactiva.
I. El
equipo audiofonológico está compuesto por:
- médico(s) ORL, foniatra(s), pediatra(s), neurólogo(s)...
- psicólogo(s),
-
logopeda(s) (u otrofonistas),
- audiologista(s),
audioprotesista(s),
-
pedagogo(s) especializado(s) y de cualquier otra especialidad con posibilidad
de intervención.
La coordinación de este equipo deberá estar asegurada por un Médico especialista competente en Audiofonología. La dirección podrá correr a cargo de un profesional de otra disciplina, siempre y cuando tenga formación en Audiofonología.
II. Una estructura en Audiofonología debe incluir todos los sectores referentes a las disciplinas presentes en la definición de la Audiofonología (véase arriba). Esta estructura puede estar integrada en un centro hospitalario o ser autónoma, pero deberá necesariamente responder a la definición de un equipo de audiofonología.
Esta estructura debe garantizar el diagnóstico, el tratamiento del caso y el seguimiento del paciente.
a.
Diagnóstico
La estructura debe disponer de medios técnicos que permitan:
- la evaluación clínica, psicoacústica y fisiológica de la audición de un paciente, sea cual sea su edad (1)
- la evaluación de la voz, de la palabra y del lenguaje del paciente (2),
- la evaluación psicológica, psico-social, pedagógica y psicomotriz del paciente en el momento del diagnóstico.
b.
Tratamiento y seguimiento
El equipo de audiofonología deberá poder garantizar la instauración de un programa de rehabilitación lo más rápidamente posible, tras el diagnóstico.
El programa deberá adaptarse a la edad, a la patología y a la realidad del paciente.
En el caso de trastornos de la comunicación, este programa deberá contemplar todas las ayudas técnicas necesarias (prótesis auditivas, incluido el implante coclear y cualquier otro dispositivo específico), y todas las estrategias aumentativas o alternativas de comunicación necesarias a la patología encontrada. (3)
El hacerse cargo de los niños requiere un programa de orientación familiar multidisciplinar y una estrecha colaboración con las estructuras escolares (4)
III. Una estructura en Audiofonología estará permanentemente en relación con los organismos de formación y además participará, si es posible, en los programas de investigación.
Nivelles, mayo de 1999
(1) véase recomendación BIAP 12/4
(2) véase recomendaciones BIAP 20/1 y 27/1
(3) véase recomendaciones BIAP 06/2, 06/3, 06/4, 06/5, 06/6, 06/7 y 07/3
(4) véase recomendaciones BIAP 15/1 y 25/1