Recomendación biap 15/2

CONTEXTO LEGAL ENCAMINADO A FAVORECER LA INTEGRACIÓN

Y LA COEDUCACIÓN DE DEFICIENTES AUDITIVOS



El estudio de los parámetros de la recomendación 15/1 trace resaltar la necesidad de textos oficiales (leyes, decretos, circulares ....) indispensables para la puesta en marcha, el seguimiento y el éxito de la integración.



Para realizar la integración es necesario que las disposiciones legales:

- prevean que la integración se pueda realizar de forma completa o parcial.

- den la posibilidad de poder pasar de una modalidad a otra en función de la evolución del niño deficiente auditivo.



Para que la integración se lleve a cabo eficazmente, estas disposiciones deben prever:



- el establecimiento de un apoyo pedagógico especializado respondiendo a las necesidades particulares del alumno.

- el seguimiento por un equipo audiofonológico especializado.

- la ayuda eventual de un interprete, codificador y/o tomador de apuntes.

- la participación de las familias en el proceso de integración escolar de su hijo.

- la utilización de todas las ayudas técnicas juzgadas necesarias.

- la posibilidad de adaptar el curriculum escolar.



Los textos legales deben fijar las condiciones particulares para la evaluación de las adquisiciones escolares del niño deficiente auditivo previniendo medios adaptados a su handicap:



- para las pruebas escritas:

- prolongación del tiempo concedido para cada prueba.

- presentación escrita de los textos y consignas.

- adaptación de las condiciones materiales.

- si necesario, presencia de una persona competente.



- para las pruebas orales,entre otras:

- presentación en las condiciones optimas (lectura labial, ayudas técnicas ...)

- si es necesario, presencia de una persona competente

- realización de las pruebas por escrito.



- para el conjunto de las pruebas:

- presencia en el jurado o tribunal de un miembro del equipo especializado.



Este proyecto de integración de niño deficiente auditivo en educación para oyentes no puede llevarse positivamente a cabo sin una ayuda administrativa y económica efectiva a los equipos especializados, a los establecimientos que los acogen y a las familias.



Madrid 1995